Artículo 2.2.3.5.1.7: FUNCIONES DEL IDEAM EN EL SIRH
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.3.5.1.7. Funciones del Ideam en el SIRH. Al Ideam en el marco de sus competencias, le corresponde: a) Coordinar el Sistema de Información Hídrica, SIRH, definir la estrategia de implementación del SIRH y fijar los mecanismos de transferencia de la información, bajo las directrices, orientaciones y lineamientos del MADS. b) Diseñar, elaborar y proponer al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible los procedimientos para el desarrollo y operación del SIRH que incluirán, al menos, las variables, metodologías, protocolos, indicadores y responsables, dentro del año siguiente a la publicación del presente decreto; c) Compilar la información a nivel nacional, la operación de la red básica nacional de monitoreo, identificar y desarrollar las fuentes de datos, la gestión y el procesamiento de datos y difundir el conocimiento sobre el recurso hídrico. (Decreto 1323 de 2007, art. 7).
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