Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.4.2.4.4: FUNCIONES
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.4.2.4.4. Funciones. La Comisión Conjunta cumplirá las siguientes: 1. Coordinar la formulación del Pomiuac 2. Adoptar el Pomiuac así como sus modificaciones cuando a ello hubiere lugar. 3. Impartir las directrices para la planificación y administración de los recursos naturales renovables de la UAC. 4. Acordar estrategias de sostenibilidad financiera y económica del Pomiuac. 5. Realizar periódicamente el seguimiento y evaluación del Pomiuac. 6. Crear Comités Técnicos. 7. Definir el reglamento interno. (Decreto 1120 de 2013, art. 13).
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