Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.5.1.5.13: ESPECIFICACIONES CONTRA EL RUIDO DE EDIFICACIONES ESPECIALMENTE PROTEGIDAS

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.5.1.5.13. Especificaciones contra el ruido de edificaciones especialmente protegidas. A partir de la vigencia del presente Decreto, el diseño para la construcción de hospitales, clínicas, sanatorios, bibliotecas y centros educativos, deberá ajustarse a las especificaciones técnicas que al efecto se establezcan en los estándares nacionales que fije el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, para proteger esas edificaciones del ruido ocasionado por el tráfico vehicular pesado o semipesado o por su proximidad a establecimientos comerciales o industriales. (Decreto 948 de 1995 art. 54)

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