Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.8.12.1.2: RECONOCIMIENTO DEL GOBIERNO NACIONAL
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.8.12.1.2. Reconocimiento del gobierno Nacional. La Distinción Nacional del Medio Ambiente la concederá el Gobierno Nacional, mediante decreto ejecutivo, a iniciativa del Presidente de la República o por postulación del Ministro del Medio Ambiente teniendo en cuenta los méritos y calidades que acrediten los candidatos que se seleccionen como merecedores de la misma. (Decreto 1125 de 1994, art. 2)
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