Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.8.7.6.14: ARTICULACIÓN CON LOS SISTEMAS AMBIENTALES INTERNACIONALES
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.8.7.6.14. Articulación con los sistemas ambientales internacionales. El INVEMAR dará apoyo al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible para lograr el desarrollo de la política ambiental internacional. Especialmente, deberá realizar estudios e investigaciones científicas para conocer la naturaleza y sus procesos, con el fin de establecer criterios y proponer modelos que permitan estudiar el cambio global y conocer las alteraciones particulares del medio ambiente en el territorio colombiano, de acuerdo con su objeto. (Decreto 1276 de 1994, art.14)
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