Artículo 2.2.8.8.1.2: PRINCIPIOS
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.8.8.1.2. Principios. El proceso de planificación de la investigación y la información en el SINA, se regirá por los siguientes principios: 1. Visión estratégica. Para garantizar que la investigación ambiental se constituya en el apoyo a la formulación de políticas y a la gestión de las instituciones que componen el SINA, la planificación debe proyectarse a futuro y guardar una adecuada relación entre el corto, mediano y largo plazo. 2. Concordancia y articulación entre los diferentes instrumentos de Planeación del Estado. La planificación de la investigación ambiental guardará armonía con la política Nacional de Investigación Ambiental, el Plan Nacional de Desarrollo y las demás políticas, planes y programas formulados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. 3. Coordinación interinstitucional e interdisciplinaria, participación social y diálogo de saberes. La planificación que se desarrolle tendrá en cuenta el entorno internacional, nacional, regional, social, institucional y cultural, con el fin de cumplir con el carácter de integralidad y visión holística de la investigación ambiental. 4. Transversalidad. El conocimiento y la información en temas y variables ambientales son componentes básicos y necesarios en todas las políticas e instrumentos de planificación en el ámbito nacional, regional, local y aplica en sectores tanto públicos como privados. 5. Enfoque Ecosistémico: La investigación y la información para el SINA se orientará con base en el enfoque ecosistémico adoptado por las Conferencias de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica, que considera el funcionamiento de los ecosistemas como entidades completas y requieren ser manejados como tales y no por partes. (Decreto 2370 de 2009, art. 2)
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