Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.8.8.7.28: POSESIÓN DEL DIRECTOR GENERAL
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.8.8.7.28. Posesión del Director General. El Director General del Instituto se posesionará ante el Presidente de la República o ante el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Los demás funcionarios y empleados del IDEAM, lo harán ante el Director General o el funcionario a quien se delegue esta función. (Decreto 1277 de 1994, art.34)
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