Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.9.12.2.5: COEFICIENTE DE DISPONIBILIDAD REGIONAL DE BOSQUES (CDRB)

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.9.12.2.5. Coeficiente de Disponibilidad Regional de Bosques (CDRB). Este coeficiente se encuentra asociado a la disponibilidad de bosques que pueden ser objeto de permisos o autorizaciones de aprovechamiento forestal maderable en la jurisdicción de la autoridad ambiental competente. La autoridad ambiental competente determinará el Coeficiente de Disponibilidad Regional de Bosques en su respectiva jurisdicción, de acuerdo con la siguiente fórmula: CDRB= 2-CEB CDRB: Coeficiente de Disponibilidad Regional de Bosques, adimensional. CEB: Coeficiente de Escasez de Bosques, adimensional. Para efectos del presente artículo, el Coeficiente de Escasez de Bosques se calculará a partir de la siguiente fórmula: | CEB= | ATBN-ATAP | | --- | --- | | ATJ | CEB: Coeficiente de Escasez de Bosques, adimensional. ATBN: Área Total de Bosques Naturales en la jurisdicción de la autoridad ambiental respectiva, expresada en hectáreas. ATAP: Área Total de Áreas Protegidas registradas en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas -RUNAP, en la jurisdicción de la autoridad ambiental respectiva, expresada en hectáreas. ATJ: Área Total de la jurisdicción de la autoridad ambiental respectiva, expresada en hectáreas. (Decreto 1390 de 2018, art. 1)

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    Decreto 1076 de 2015 - Artículo 2.2.9.12.2.5 | SSTOS