Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.9.5.1.3: ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE CORPORACIONES

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.9.5.1.3. Elección de Representantes de Corporaciones. Los representantes de las Corporaciones Autónomas Regionales y Corporaciones de Desarrollo Sostenible al Comité del Fondo de Compensación Ambiental, serán elegidos mediante los mecanismos que éstas determinen y para períodos de un año. La elección de dichos representantes deberá comunicarse por escrito al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, respaldada mediante el acta de la reunión en la cual se efectuó la elección. (Decreto 954 de 1999, art.3)

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