Artículo 2.2.9.9.3.5: AJUSTE DEL VALOR BASE TENIENDO EN CUENTA LAS CONDICIONES REGIONALES
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.9.9.3.5. Ajuste del valor base teniendo en cuenta las condiciones regionales. Las autoridades ambientales regionales ajustarán el valor base (VB) del certificado de incentivo forestal, para calcular un valor ajustado (VA), con base en un factor de ajuste regional (FAR). El valor ajustado (VA) para cada área está dado por: VA=VBx FAR El factor de ajuste regional se establecerá para cada área, con base en el producto de un factor de piso térmico y un factor de tamaño del predio, así: FAR=FPTxFTP a) Factor de piso térmico (FPT). Corresponde al valor asignado en la tabla 1 según el rango de piso térmico, expresado en metros sobre el nivel del mar, m.s.n.m. del área para el cual se define cada Factor de Ajuste Regional (FAR). Tabla 1: Factores de Piso Térmico | Piso Térmico | Factor de Piso | | --- | --- | | | Térmico | | | (FTP) | | 0 < PT < =1000 | 0.63 | | 1000 < PT < =2000 | 0.77 | | 2000 < PT < =2500 | 0.89 | | PT>2500 | 1.00 | La autoridad ambiental competente definirá un valor de factor de piso térmico para su jurisdicción como un promedio ponderado de los factores asignados a cada zona susceptible de ser beneficiaria del CIF de conservación, con base en los valores establecidos en la tabla anterior. b) Factor de tamaño (FT). Corresponde al valor de la tabla 2 según el tamaño del predio para la cual se define el factor de Ajuste Regional (FAR), expresada en porcentaje. Tabla 2: Factores de Tamaño del Predio | Tamaño Predio | Factor de Tamaño | | --- | --- | | (Has.) | (FT) | | Menos 3 Has | 2.0 | | 3_predio_10 | 1.6 | | 10 < predio_20 | 1.4 | | 20 < predio_30 | 1.2 | | Más de 30 Has | 1.0 | (Decreto 900 de 1997, art. 11)
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