Ley 1333 de 2009

Artículo 29: PUBLICIDAD

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** Cuando se termine un proceso sancionatorio ambiental, la empresa debe publicar el acto administrativo que lo cierre, siguiendo lo que dice el artículo 71 de la Ley 99 de 1993. Esto significa que deben informar a la comunidad sobre la decisión tomada. **¿Por qué es clave?** Cumplir con esta publicación ayuda a mantener la transparencia y la confianza de la comunidad. Además, evita problemas legales y posibles multas por no informar adecuadamente sobre las decisiones ambientales.

⚖️ Texto Legal Oficial


El acto administrativo que ponga fin a un proceso sancionatorio ambiental será publicado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 99 de 1993.

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