Artículo 64: TRANSICIÓN DE PROCEDIMIENTOS
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
**¿Qué debes hacer?** Si tu empresa está en medio de un proceso sancionatorio ambiental cuando entra en vigor la Ley 1333 de 2009, debes seguir el procedimiento que ya se había iniciado bajo el Decreto 1594 de 1984 hasta que se termine. Asegúrate de cumplir con todos los requisitos y plazos establecidos en ese procedimiento. **¿Por qué es clave?** Cumplir con este procedimiento te ayuda a evitar multas y sanciones más severas. Además, garantiza que tu empresa actúe de manera responsable con el medio ambiente, lo que es importante para la comunidad y la sostenibilidad.
⚖️ Texto Legal Oficial
El procedimiento dispuesto en la presente ley es de ejecución inmediata. Los procesos sancionatorios ambientales en los que se hayan formulado cargos al entrar en vigencia la presente ley, continuarán hasta su culminación con el procedimiento del Decreto 1594 de 1984.
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