Ley 2169 de 2021

Artículo 37: CRÉASE EL SISTEMA DE PROTECCIÓN Y MONITOREO DE LÍDERES AMBIENTALES, EL CUAL SERÁ REGLAMENTADO POR EL GOBIERNO NACIONAL

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** La empresa debe estar atenta a las regulaciones que el Gobierno nacional establecerá para el Sistema de Protección y Monitoreo de Líderes Ambientales. Es importante que se informe sobre cómo apoyar y proteger a las personas que defienden el medio ambiente. **¿Por qué es clave?** Cumplir con esta norma ayuda a proteger a quienes cuidan nuestros recursos naturales, lo que a su vez beneficia a la comunidad y al medio ambiente. Además, evita problemas legales y multas para la empresa.

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 37. Créase el Sistema de Protección y Monitoreo de Líderes Ambientales, el cual será reglamentado por el Gobierno nacional.

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    Ley 2169 de 2021 - Artículo 37 | SSTOS