Artículo 12: Entidades contratantes de prestación de servicios. Las
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si contratas a alguien por prestación de servicios, tú eres el responsable de su seguridad en el trabajo, igual que si fuera tu empleado. En la práctica, debes afiliarlo a riesgos laborales y darle los elementos de protección que necesite para hacer su labor sin accidentes.
⚖️ Texto Legal Oficial
personas naturales o jurídicas, de naturaleza pública o privada, que celebren contratos de prestación de servicios con personas naturales tendrán la misma responsabilidad y obligaciones consagradas en la presente ley de acuerdo al ámbito de competencia. Parágrafo. Las medidas implementadas por los contratantes en virtud de la presente ley no implicarán una presunción para el reconocimiento de un vínculo laboral con el contratista de prestación de servicios.
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