Artículo 19: Experiencia laboral de personas privadas de la
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si contratas a una persona que estuvo privada de la libertad, debes reconocerle como experiencia laboral el tiempo que trabajó en la cárcel, siempre que tenga un certificado oficial. Esto te ayuda a darle una oportunidad justa, evitar discriminación y reducir que vuelva a delinquir.
⚖️ Texto Legal Oficial
libertad. Las actividades productivas y ocupacionales desarrolladas por la población privada de la libertad serán reconocidas como experiencia laboral previa certificación de las entidades correspondientes con la finalidad de posibilitar su ingreso al mercado laboral, mitigar la discriminación laboral y disminuir la probabilidad de reincidencia. Se concederá la redención de pena por trabajo a las personas privadas de la libertad y se les abonará dos días de reclusión por tres días de trabajo. Parágrafo. El Ministerio de Trabajo en un término de 6 meses expedirá la reglamentación necesaria para el reconocimiento de las actividades productivas y ocupacionales en los centros penitenciarios como experiencia profesional.
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