Ley 2466

Artículo 2: Relaciones que regula. Modifíquese el artículo 3° del

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Este artículo dice que el Código del Trabajo aplica a todos los trabajadores del sector privado y, en parte, a los del sector público, excepto la negociación colectiva de empleados públicos. En la práctica, si eres microempresario, debes cumplir con las normas laborales y de SST para todos tus empleados, sin importar si son privados o públicos, para evitar multas y proteger su vida.

⚖️ Texto Legal Oficial


Código Sustantivo del Trabajo, el cual quedará así: “Artículo 3°. Relaciones que regula. El presente Código regula las relaciones de derecho individual y colectivo del trabajo de carácter particular. De igual forma regula las relaciones de derecho colectivo del sector público, salvo el derecho de negociación colectiva de empleados públicos que se regula conforme a norma especial.”

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Ley 2466 - Artículo 2 | SSTOS