Artículo 57: Política pública de protección laboral ante la
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si tu empresa usa tecnología que podría reemplazar puestos de trabajo, no estás obligado a nada, pero el Estado te ofrece apoyo gratis para capacitar a tus empleados y evitar que pierdan su empleo. La idea es que, si quieres, puedas hacer convenios con el Ministerio del Trabajo para reconvertir a tu equipo y proteger sus puestos ante la automatización.
⚖️ Texto Legal Oficial
automatización. El Estado, a través del Ministerio del Trabajo y en coordinación con la Unidad del Servicio Público de Empleo, el SENA y demás entidades competentes, implementará una política pública de protección y transición laboral ante la automatización, con el fin de mitigar el impacto social y económico de la sustitución de empleos causada por el avance tecnológico. Esta política tendrá carácter permanente, preventivo y adaptativo y se articulará con el Sistema Público de Empleo. Como parte de esta política, el Estado garantizará la identificación de sectores en riesgo, orientación a trabajadores, una ruta pública de reconversión y empleabilidad. Las empresas podrán participar de manera voluntaria en los programas de reconversión y empleabilidad impulsados por esta política pública, a través de convenios con el Ministerio del Trabajo, sin que ello implique obligación legal alguna para el empleador.
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