Ley 2476 de 2025

Artículo 10: INFRAESTRUCTURA VERDE Y AZUL URBANA

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** A partir del 1 de enero de 2028, al planear y diseñar obras públicas en las ciudades, debes usar técnicas que ayuden al medio ambiente, como ahorrar agua y energía, usar plantas nativas y crear espacios verdes. También, si tienes infraestructura pública ya existente, debes hacer planes para integrarla a estas nuevas ideas. **¿Por qué es clave?** Cumplir con estas acciones ayuda a mejorar la calidad del aire y el agua, y protege la biodiversidad. Además, evita problemas legales y multas, y asegura que las comunidades no sean desplazadas por nuevos proyectos.

⚖️ Texto Legal Oficial


Con el objeto de aumentar los servicios ecosistémicos y brindar Soluciones basadas en la Naturaleza, a partir de la posesión de los alcaldes municipales o distritales el 1 de enero de 2028, la planificación y diseño de las obras de infraestructura públicas en el ámbito urbano, deberán evaluar e implementar técnicas asociadas con el desarrollo de infraestructura verde y azul sostenible, como por ejemplo, ahorro y uso eficiente del agua y la energía, integración de especies vegetales nativas, economía circular, seguridad alimentaria, mitigación de afectaciones sobre la biodiversidad, mejoramiento de la calidad del aire, gestión de la calidad acústica, coberturas vegetales o jardines verticales, iniciativas de movilidad sostenible, implementación de biciparqueaderos, estaciones eléctricas, inclusión de sistemas sostenibles de drenaje urbano y uso de materiales alternativos, entre otras Soluciones Basadas en la Naturaleza (SbN), siguiendo los parámetros dados por esta ley o la normatividad aplicable y vigente para el tipo de infraestructura, así como las prendas y permisos ambientales, entre otros instrumentos de control y seguimiento ambiental. PARÁGRAFO 1o. Los administradores de la infraestructura pública existente en áreas urbanas, a la fecha de entrada en vigor de la presente ley, deberán formular e implementar planes a corto, mediano y largo plazo, para que estas se integren a la infraestructura verde y azul urbana. PARÁGRAFO 2o. En el caso de formularse nuevos proyectos de infraestructura verde y azul urbana en sustitución de otro tipo de infraestructuras existentes, estos deberán incluir criterios de equidad, justicia social y participación comunitaria, con el propósito de evitar la generación de fenómenos inmobiliarios que encarezcan la vida o provoquen el desplazamiento de las comunidades residentes o circundantes.

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    Ley 2476 de 2025 - Artículo 10 | SSTOS