Norma Tecnica 1997

Art铆culo 2: DEFINICIONES

馃挕 Explicaci贸n Sencilla (En Plastilina)

**Accidente de trabajo**: Si un trabajador se lastima mientras hace su labor, por 贸rdenes tuyas o yendo o viniendo en un veh铆culo que t煤 pones, eso es accidente laboral. Debes reportarlo a la ARL de inmediato. **Enfermedad profesional**: Es una enfermedad que solo aparece por hacer un trabajo espec铆fico (ejemplo: problemas de o铆do por ruido constante). Para proteger a tu gente, identifica los riesgos de tu oficio y haz pausas activas o dales equipos de protecci贸n.

鈿栵笍 Texto Legal Oficial


2. DEFINICIONES 2.1 Accidente de trabajo: todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasi贸n del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesi贸n org谩nica, una perturbaci贸n funcional, una invalidez o la muerte1). Es tambi茅n accidente de trabajo, aquel que se produce durante la ejecuci贸n de 贸rdenes del empleador o durante la ejecuci贸n de una labor bajo su autoridad, a煤n fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente, se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador2).2) 2.2 Diagn贸stico de condiciones de trabajo y salud: conjunto de datos sobre las condiciones de trabajo y salud, valorados y organizados sistem谩ticamente, que permiten una adecuada priorizaci贸n y orientaci贸n de las actividades del Programa de Salud Ocupacional. 2.3 Enfermedad profesional: todo estado patol贸gico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempe帽a el trabajador, o el medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el Gobierno Nacional1) 1) Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Decreto Ley 1295 de 1994. 2) International Ergonomics Association, 1994 GU脥A T脡CNICA COLOMBIANA GTC 34 2.4 Ergonom铆a: integra el conocimiento derivado de las ciencias humanas para conjugar trabajos, sistemas, productos y ambiente con las habilidades y limitaciones f铆sicas y metales de las personas1). 2.5 Condiciones de trabajo y salud: caracter铆sticas materiales y no materiales que pueden ser generadas por el ambiente, la organizaci贸n y las personas, y que contribuyen a determinar el proceso salud-enfermedad. 2.6 Higiene ocupacional o industrial: conjunto de actividades destinadas a la identificaci贸n, evaluaci贸n y control de los factores de riesgo del ambiente de trabajo que puedan alterar la salud de los trabajadores, generando enfermedades profesionales2). 2.7 Medicina ocupacional o del trabajo: conjunto de actividades de las ciencias de la salud dirigidas hacia la promoci贸n de la calidad de vida de los trabajadores a trav茅s del mantenimiento y mejoramiento de sus condiciones de salud 2). 2.8 Plan integrado de educaci贸n: conjunto de actividades encaminadas a proporcionar al trabajador los conocimientos y destrezas, as铆 como los cambios de actividad y comportamiento necesarios para desempe帽ar su labor asegurando la protecci贸n de la salud e integridad f铆sica y emocional. 2.9 Pol铆tica de salud ocupacional: lineamientos generales, establecidos por la direcci贸n de la empresa, que permiten orientar el curso de acci贸n de unos objetivos para determinar las caracter铆sticas y alcances del Programa de Salud Ocupacional. 2.10 Programa de salud ocupacional: diagn贸stico, planeaci贸n, organizaci贸n, ejecuci贸n y evaluaci贸n de las actividades tendientes a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria. 2.11 Promoci贸n de la salud en el trabajo: conjunto de actividades articuladas que los diferentes actores del proceso productivo y del sistema general de riesgos profesionales realizan para modificar las condiciones de trabajo y desarrollar el potencial mental del hombre. 2.12 Riesgo ocupacional: probabilidad de ocurrencia de un evento de caracter铆sticas negativas en el trabajo, que puede ser generado por una condici贸n de trabajo capaz de desencadenar alguna perturbaci贸n en la salud o integridad f铆sica del trabajador, como da帽o en los materiales y equipos o alteraciones del ambiente. 2.13 Salud ocupacional: conjunto de disciplinas que tienen como finalidad la promoci贸n de la salud en el trabajo a trav茅s del fomento y mantenimiento del m谩s elevado nivel de bienestar en los trabajadores de todas las profesiones, previniendo alteraciones de la salud por las condiciones de trabajo, protegi茅ndolos contra los riesgos resultantes de la presencia de agentes nocivos y coloc谩ndolos en un cargo acorde con sus aptitudes f铆sicas y psicol贸gicas3). La Salud Ocupacional tiene las siguientes caracter铆sticas: convoca trabajo interdisciplinario, trabaja con grupos y no con individuos, es eminentemente preventiva y su ejercicio se fundamenta en el control de riesgos. 1) International Ergonomics Association, 1994. 2) Ministerios de Trabajo y Seguridad Social y de Salud, Decreto 614 de 1986. 3) Comit茅 mixto OMS - OIT, 1959. GU脥A T脡CNICA COLOMBIANA GTC 34 2.14 Seguridad ocupacional o industrial: conjunto de actividades destinadas a la identificaci贸n, evaluaci贸n y control de los factores de riesgo o condiciones de trabajo que puedan producir accidentes de trabajo1). 2.15 Sistema de vigilancia epidemiol贸gica ocupacional: metodolog铆a y procedimientos administrativos que facilitan el estudio de los efectos sobre la salud causados por la exposici贸n o factores de riesgo espec铆ficos presentes en el trabajo e incluye acciones de prevenci贸n y control dirigidos al ambiente laboral y a las personas (aspectos org谩nicos y de estilos de vida y trabajo).

驴Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA eval煤e tu riesgo legal y te d茅 un plan de acci贸n ya mismo.

    Norma Tecnica 1997 - Art铆culo 2 | SSTOS