Resolucion 0909 de 2008

Artículo 32: Sin Título

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** La empresa debe asegurarse de que las emisiones de contaminantes peligrosos al aire, como el HCl y el HF, no superen los límites establecidos en la Tabla 26. Esto significa que deben medir y controlar la cantidad de estos gases que salen de sus chimeneas durante la fabricación de cerámica. **¿Por qué es clave?** Cumplir con estos estándares ayuda a proteger la salud de las personas y el medio ambiente, evitando la contaminación del aire. Además, si la empresa no cumple, puede enfrentar multas y sanciones por parte de las autoridades ambientales.

⚖️ Texto Legal Oficial


Artículo 32. Estándares de emisión admisibles de contaminantes peligrosos al aire para las industrias de fabricación de productos de cerámica refractaria, no refractaria y de arcilla. En la Tabla 26 se establecen los estándares de emisión admisibles de contaminantes peligrosos para las industrias de fabricación de productos de cerámica refractaria, no refractaria y de arcilla a condiciones de referencia y con oxígeno de referencia del 18%. Dichos estándares deben cumplirse en cada uno de los puntos de descarga de las industrias para la fabricación de productos de cerámica refractaria, no refractaria y de arcilla. Tabla 26. Estándares de emisión admisibles de contaminantes peligrosos al aire para las industrias de fabricación de productos de cerámica refractaria, no refractaria y de arcilla, a condiciones de referencia (25 ºC, 760 mm Hg) con oxígeno de referencia del 18%. Combustible Estándares de emisión adm isibles de contaminantes peligrosos (mg/m3) HCl HF Todos 40 8 Parágrafo: La autoridad ambiental competente solicitará el cumplimiento de los contaminantes peligrosos establecidos en la Tabla 26 a menos que el industrial demuestre que el contenido de flúor y cloro de las materias primas utilizadas en el proceso no genera los contaminantes allí señalados.

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