Resolucion 1843

Artículo 18: Valoraciones complementarias a las evaluaciones médicas

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Pide exámenes adicionales (de visión, audición, etc.) solo si el médico ocupacional los ordena, y asegúrate de que el trabajador firme un permiso por escrito antes de hacerlos. Esto protege su salud al detectar riesgos a tiempo y evita problemas legales por no tener su autorización.

⚖️ Texto Legal Oficial


ocupacionales. Las valoraciones médicas complementarias forman parte de las evaluaciones médicas ocupacionales y deberán programarse con anterioridad a su realización; en ellas participarán diferentes profesionales de la salud de acuerdo con las competencias de su profesión, según se requiera. Los resultados de las valoraciones complementarias deben hacer parte de la historia clínica ocupacional y serán analizados por el médico especialista en medicina del trabajo, con licencia vigente. Parágrafo. Para la realización de las pruebas o valoraciones complementarias se deberá contar con el consentimiento informado por parte del trabajador, el cual deberá ser otorgado de manera libre, previa y por escrito, conforme a la Ley 23 de 1981, la Ley 1581 de 2012, y demás normativas relacionadas con la ética médica y la protección de datos personales; dejando constancia de la negativa del trabajador al respecto y las consecuencias para su salud y desarrollo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Resolucion 1843 - Artículo 18 | SSTOS