Resolucion 4272

Artículo 34: Etapa de entrenamiento. Durante el proceso de entrenamiento

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** Si ofreces entrenamiento para trabajos en alturas, asegúrate de que tus aprendices reciban formación práctica sobre cómo subir y bajar, moverse, posicionarse, suspenderse, manejar situaciones de trauma y conocer medidas de prevención y primeros auxilios. Mantén un máximo de diez aprendices por cada entrenador y solo cuatro en actividades donde haya riesgo de caídas. Además, puedes contar con personal de apoyo, pero siempre debe estar supervisado por el entrenador. Registra todas las actividades y asegúrate de que haya alguien capacitado para emergencias y primeros auxilios presente durante el entrenamiento. **¿Por qué es clave?** Esto es importante porque garantiza que tus aprendices estén bien preparados y seguros al trabajar en alturas. Al seguir estas pautas, reduces el riesgo de accidentes y aseguras que todos tengan el conocimiento necesario para actuar en caso de una emergencia. Además, cumplir con estas normas te ayuda a evitar problemas legales y a crear un ambiente de trabajo más seguro y confiable.

⚖️ Texto Legal Oficial


el prestador del servicio debe fomentar el desarrollo de conocimientos mediante ejercicios prácticos, maniobras y técnicas que permitan adquirir habilidades y destrezas para desarrollar trabajos en alturas incluyendo: 1. Ascenso y descenso. 2. Desplazamientos. 3. Posicionamiento. 4. Suspensión. 5. Restricción. 6. Manejo de trauma por suspensión, y 7. Procedimientos respecto a medidas de prevención, inspección de equipos y conocimientos básicos de primeros auxilios. La proporción de aprendices para cada curso, durante el desarrollo del componente practico del programa de formación, deberá ser de máximo diez (10) aprendices por un (1) entrenador, durante el entrenamiento y en todo caso, máximo cuatro (4) personas en actividades simultáneas con exposición a caídas de diferente nivel por un (1) entrenador con personal de apoyo. En la etapa de entrenamiento, el proveedor del servicio de capacitación y entrenamiento, podrá utilizar adicionalmente los servicios de personal de apoyo para el desarrollo de algunos módulos prácticos contenidos en el programa de formación demostrando que los mismos son competentes en el aspecto de la formación asignado. Por ejemplo, personas calificadas, rescatistas, profesionales en salud para temas de primeros auxilios entre otros. Parágrafo 1°. El uso de personal de apoyo en cualquiera de las etapas de entrenamiento, debe estar bajo acompañamiento y presencia permanente del entrenador de trabajo en alturas responsable del proceso. Parágrafo 2°. Cuando se disponga de personal de apoyo en cualquiera de las etapas de formación, deberá quedar registro de la actividad realizada en el informe del supervisor de formación asignado y en la documentación de soporte del cumplimiento del 100% del plan de estudio. Parágrafo 3°. La etapa de entrenamiento contará con acompañamiento permanente de una (1) persona de apoyo, con capacidad de operar el plan de emergencia, labores de rescate, vigilar las actividades realizadas por los aprendices en entrenamiento y brindar soporte en la atención de primeros auxilios. [Conceptos de búsqueda: entrenamiento, capacitación, formación, habilidades, destrezas, trabajos en alturas, caídas, ascenso, descenso, maniobras, primeros auxilios, personal de apoyo, instructor, supervisión, plan de emergencia, ¿cómo se realiza el entrenamiento en trabajos en alturas?]

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    Resolucion 4272 - Artículo 34 | SSTOS