Resolucion 4272

Art铆culo 64: Obligaciones de los Proveedores del servicio de capacitaci贸n y

馃挕 Explicaci贸n Sencilla (En Plastilina)

**驴Qu茅 debes hacer?** Si eres un proveedor de capacitaci贸n en trabajo en alturas, aseg煤rate de: 1. Estar inscrito en el registro del Ministerio del Trabajo. 2. Llevar un registro de todas las personas que capacitas. 3. Cumplir con todos los temas y horas de formaci贸n que prometes. 4. Implementar medidas de seguridad para evitar ca铆das. 5. Tener siempre en buen estado los equipos y lugares donde das la capacitaci贸n. 6. Mantener tu registro actualizado y cumplir con las normas. 7. Entregar certificados a quienes aprueban el curso. 8. Si ocurre un accidente durante la capacitaci贸n, informa a la aseguradora y al empleador. **驴Por qu茅 es clave?** Cumplir con estas obligaciones garantiza que tus capacitaciones sean seguras y efectivas. Esto no solo protege a los trabajadores, sino que tambi茅n te ayuda a evitar problemas legales y a mantener una buena reputaci贸n como proveedor. Adem谩s, si un accidente ocurre, saber c贸mo actuar puede hacer la diferencia en la atenci贸n y el seguimiento del caso.

鈿栵笍 Texto Legal Oficial


entrenamiento en trabajo en alturas. Las personas naturales y jur铆dicas con licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo, las Instituciones de Educaci贸n para el Trabajo y Desarrollo Humano, las Instituciones de Educaci贸n Superior, el SENA y las Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresa (UVAE), que est茅n inscritas en el registro del Ministerio del Trabajo, como Proveedores del servicio de capacitaci贸n y entrenamiento en protecci贸n contra ca铆da en trabajo en altura, deber谩n: Estar inscritos en el registro de la Direcci贸n de Movilidad y Formaci贸n para el Trabajo (DMFT) del Ministerio del Trabajo. a) Llevar el registro de todas las personas capacitadas y entrenadas en trabajo de conformidad con lo establecido en la presente resoluci贸n. b) Llevar registros del cumplimiento del 100%, de los contenidos e intensidad horaria, de todos los temas y/o m贸dulos de los programas de formaci贸n que se impartan a trabajadores de empresas solicitantes del servicio de conformidad con lo establecido en la presente resoluci贸n. c) Cumplir con las medidas de prevenci贸n y protecci贸n contra ca铆das, tendientes a garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores, entrenadores y aprendices en etapa de capacitaci贸n y entrenamiento, conforme a la normatividad nacional aplicable. d) Garantizar la disponibilidad permanente del 100% de las estructuras, equipos e instalaciones necesarias para impartir los programas de capacitaci贸n y entrenamiento, y que estas se encuentren en 贸ptimas condiciones. e) Mantener las condiciones t茅cnicas, operativas y jur铆dicas con las que fue inscrito como proveedor del servicio de capacitaci贸n y entrenamiento en protecci贸n contra ca铆da en trabajo en altura, conforme lo establecido en la presente resoluci贸n. f) Entregar a las personas o trabajadores el certificado de aprobaci贸n del curso en los t茅rminos se帽alados por la presente resoluci贸n. Par谩grafo 1掳. Cuando se presente un accidente de alguno de los aprendices en etapa de capacitaci贸n o entrenamiento, el proveedor de capacitaci贸n deber谩 informar a su aseguradora y al empleador de este para reportar ante la ARL al que estuviera afiliado el accidentado. CAP脥TULO II Disposiciones Finales [Conceptos de b煤squeda: obligaciones, proveedores, capacitaci贸n, entrenamiento, trabajo en alturas, protecci贸n contra ca铆das, registro, SENA, instituciones educativas, seguridad y salud en el trabajo, medidas de prevenci贸n, certificaci贸n, accidentes laborales, ARL, normatividad nacional, 驴cu谩les son las obligaciones de los proveedores de capacitaci贸n en trabajo en alturas?]

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