Resolucion 491

Artículo 6: Identificación y evaluación. El empleador y/o contratante deberá realizar una identificación, señalización y

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Debes identificar y marcar claramente cualquier espacio cerrado con poco oxígeno o entrada peligrosa (tanques, pozos), y evaluar los riesgos para eliminar o controlar los peligros. En la práctica, haz una lista de estos sitios, ponles avisos visibles y documenta todo en tu programa de seguridad para evitar accidentes mortales.

⚖️ Texto Legal Oficial


evaluación de la naturaleza y localización de los espacios confinados y tomar las medidas necesarias para mitigar o eliminar las condiciones que hacen que un sitio sea un espacio confinado de acuerdo con la definición dada en el artículo anterior de la presente resolución. Además, debe establecer las medidas de prevención y/o control enfocadas en la gestión de peligros en los espacios confinados que no se hayan eliminado teniendo en cuenta los controles previstos en la presente resolución y la legislación colombiana, especialmente la jerarquización de controles contenida en el artículo 2.2.4.6.24. del Decreto número 1072 de 2015 o las normas que lo modifiquen o sustituyan. Parágrafo. La identificación de peligros, evaluación y valoración de riesgos es un proceso continuo, debe estar documentado en el programa de gestión para trabajo en espacios confinados.

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    Resolucion 491 - Artículo 6 | SSTOS