Artículo 2.2.2.1.27: Adicionado por el art. 1°, Decreto Nacional 036 de 2016. <El texto
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
El sindicato debe reunir al menos una vez al año a los trabajadores afiliados para mostrarles cómo se maneja la plata, los aportes a salud y pensión, y lo que se ganó o gastó en el contrato sindical. Como trabajador, exige que te inviten a esa asamblea y revisa que todo esté claro para que no te roben ni te dejen sin seguridad social.
⚖️ Texto Legal Oficial
adicionado es el siguiente> Asamblea anual. El sindicato que celebra un contrato sindical deberá realizar al menos una vez al año una asamblea con los afiliados vinculados para la ejecución del contrato sindical donde se les informe como mínimo los siguientes asuntos: – Informe de gestión administrativa social, contable y financiera. – Informe de los aportes a la seguridad social integral de los afiliados. – Total de obligaciones legales, compensaciones y beneficios reconocidos a los afiliados. – Propuesta de distribución de excedentes si los hubiere. – Proyección del siguiente ejercicio fiscal del correspondiente contrato sindical.
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