Decreto 1072

Artículo 2.2.2.9.6: Designación de los árbitros por parte del Ministerio del Trabajo. El

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Este artículo solo aplica si tienes un conflicto laboral colectivo (con sindicato) y necesitas un árbitro. En la práctica, no te preocupes por esto, el Ministerio del Trabajo se encarga de elegir al árbitro por sorteo de una lista oficial.

⚖️ Texto Legal Oficial


Viceministerio de Relaciones Laborales e Inspección designará de la lista de árbitros enviada por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia el árbitro correspondiente, así: 1. Se fijará la lista de árbitros enviada por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia en un lugar público y en el sitio web del Ministerio del Trabajo. 2. Se designará el árbitro de la lista correspondiente al domicilio en donde se desarrolló el conflicto colectivo o en el solicitado por las partes. 3. En caso que no se halle árbitro de la respectiva jurisdicción se seleccionará de la lista de la jurisdicción más cercana geográficamente. 4. La designación del árbitro por parte del Ministerio del Trabajo se realizará mediante sorteo. 5. Si el árbitro designado no acepta el encargo, se realizará un nuevo sorteo para designar su reemplazo.

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.2.9.6 | SSTOS