Decreto 1072

Artículo 2.2.4.11.5: Modificado por el art. 21, Decreto Nacional 2642 de 2022. <El nuevo texto

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Las multas por incumplir normas de seguridad se calculan según el tamaño de tu empresa (micro, pequeña, mediana o grande), usando el número de trabajadores o el valor de tus activos. En la práctica, revisa cuál de esos dos datos te da una clasificación más alta y úsalo para saber cuánto podrías pagar; así evitas sanciones desproporcionadas y proteges a tu equipo.

⚖️ Texto Legal Oficial


es el siguiente> Criterio de proporcionalidad y razonabilidad para la cuantía de la sanción a los empleadores. Se establecen los criterios de proporcionalidad y razonabilidad, conforme al tamaño de la empresa de acuerdo a lo prescrito en el artículo 2 de la Ley 590 de 2000, modificado por el artículo 2 de la Ley 905 de 2004 y el artículo 51 de la Ley 1111 de 2006 y conforme a lo establecido en los artículos 10 y 30 de la Ley 1562 de 2012 y con base en los siguientes parámetros: Tamaño de Número de Activos Art 13, Inciso 2 Art 30, Ley Art 13, inciso 4 empresa trabajadores totales en Ley 1562 (de 1562 (de de la Ley 1562 número de 26,31 a 13,156,5 26,31 a (de 526,26 a UVT UVT) 26,313,02 UVT 26,313,02 UVT) Valor Multa en UVT Micro empresa Hasta 10 < 13.156,51 De 26,31 hasta De 26,31 hasta De 526,26 hasta UVT 131,57 526,26 631,51 De 11 a 50 13.182,82 a De 157,88 hasta De 552,57 De 657 82 hasta Pequeña <131.565,10 526, 26 hasta 1.315,65 3.946,95 empresa UVT Mediana De 51 a 200 100.000 A De 552,57 hasta De 1,341.96 De 3,973,26 empresa 610.000 UVT 2.631,30 hasta 2.631,30 hasta 10.525.21 Gran empresa De 201 a más > 610.000 De 2657 61 De 2,657.61 De 10,551.52 UVT hasta 13.156,51 hasta hasta 26.313,02 26.313,01 En el evento en que no coincida el número de trabajadores con el valor total de los activos conforme a la tabla anterior, prevalecerá para la aplicación de la sanción el monto total de los activos conforme a los resultados de la vigencia inmediatamente anterior. PARÁGRAFO. Dentro del procedimiento administrativo sancionatorio en lo no previsto en las normas especiales se aplicará lo señalado en la primera parte del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El texto original era el siguiente:

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