Decreto 1072

Artículo 2.2.6.1.4.7: Financiamiento de la capacitación para la inserción y reinserción

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Este artículo significa que hay plata del FOSFEC y el SENA para pagar cursos que ayuden a conseguir trabajo a personas desempleadas o en situación vulnerable. Como microempresario, si tienes personal en esa condición, puedes contactar al SENA para acceder a esa capacitación gratuita y así reintegrarlos al trabajo sin costos adicionales para ti.

⚖️ Texto Legal Oficial


laboral. Los programas de inserción y reinserción laboral serán financiados con los recursos del FOSFEC y del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), que establece el presente capítulo. El Ministerio del Trabajo coordinará con el Departamento para la Prosperidad Social y otras entidades públicas de los diferentes órdenes administrativos, la constitución de fondos para financiar el acceso a programas de inserción y reinserción laboral de la población pobre y vulnerable. PARÁGRAFO. El Ministerio del Trabajo determinará los topes máximos por cesante y niveles máximos de formación a los cuales un cesante podrá acceder a través de la capacitación para la inserción y reinserción laboral. Para este fin, dicha entidad tendrá en cuenta factores de la dinámica del mercado laboral a nivel regional. (Decreto 2852 de 2013, art. 67)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.6.1.4.7 | SSTOS