Decreto 1072

Artículo 2.2.6.3.2.13: Formalidades del contrato de aprendizaje. El contrato de aprendizaje deberá constar por escrito y

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Firma un contrato escrito con el aprendiz, el Sena o la entidad educativa, y asegúrate de que tenga todos los datos de la empresa, el aprendiz, las fechas, el apoyo económico y las firmas. Esto es clave para que el aprendiz esté protegido con ARL y EPS, y para que tú no tengas problemas legales.

⚖️ Texto Legal Oficial


contener como mínimo la siguiente información: 1. Razón social de la empresa patrocinadora, número de identificación tributaria (NIT), nombre de su representante legal y el número de su cédula de ciudadanía. 2. Razón social o nombre de la entidad de formación que atenderá la fase lectiva del aprendiz con el número de identificación tributaria (NIT), nombre del representante legal y el número de su cédula de ciudadanía. 3. Nombre, apellido, fecha de nacimiento, tipo y número del documento de identidad del aprendiz. 4. Estudios o clase de capacitación académica que recibe o recibirá el aprendiz. 5. Oficio, actividad u ocupación objeto de la relación de aprendizaje, programa y duración del contrato. 6. Duración prevista de la relación de aprendizaje, especificando las fases lectiva y práctica. 7. Fecha prevista para la iniciación y terminación de cada fase. 8. Monto del apoyo de sostenimiento mensual en moneda colombiana. 9. La obligación de afiliación a los sistemas de riesgos laborales en la fase práctica y en salud en la fase lectiva y práctica. 10. Derechos y obligaciones del patrocinador y el aprendiz. 11. Causales de terminación de la relación de aprendizaje. 12. Fecha de suscripción del contrato. 13. Firmas de las partes. (Decreto 933 de 2003, art. 2)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.6.3.2.13 | SSTOS