Artículo 2.2.7.4.4.24: Adicionado por el art. 1, Decreto Nacional 1604 de 2022. <El texto
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si tienes una institución educativa que es de una Caja de Compensación, debes asegurarte de que tenga licencia de la Secretaría de Educación y certificados de calidad vigentes. Esto es clave para recibir plata de la Caja y para que tus cursos sean legales y seguros.
⚖️ Texto Legal Oficial
adicionado es el siguiente> Instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano beneficiarias del fortalecimiento. Las Instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano que podrán ser objeto del fortalecimiento financiero por parte de las Cajas de Compensación Familiar en los términos del presente Decreto, deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. Haber sido creadas, adquiridas o tener participación de las Caja de Compensación Familiar. 2. Estar creadas y contar con la licencia de funcionamiento expedida por la Secretaría de Educación de la entidad territorial certificada en educación, de la jurisdicción que corresponda al lugar de prestación del servicio. 3. Cumplir con las normas técnicas de calidad colombianas. Parágrafo 1. Los requisitos del numeral 1, se acreditarán a través del registro de constitución de las Instituciones de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano. Parágrafo 2. Los requisitos del numeral 2, se acreditarán a través del registro de la licencia de funcionamiento expedida por la Secretaría de Educación de la entidad territorial certificada en educación, de la jurisdicción que corresponda al lugar de prestación del servicio, la cual, deberá estar vigente. Parágrafo 3. Los requisitos del numeral 3, se acreditarán a través las certificaciones de calidad otorgadas por el organismo de tercera parte, conforme se define en el Decreto 1072 de 2015.
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