Artículo 2.2.8.1.36: Sistema de información. El Ministerio del Trabajo, a más tardar dentro de
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
El Ministerio del Trabajo debe crear un sistema para verificar que las Cooperativas de Trabajo Asociado afilien a sus trabajadores a salud, pensión y ARL. Como microempresario, asegúrate de contratar solo cooperativas que cumplan con esto para evitar multas y proteger a los trabajadores.
⚖️ Texto Legal Oficial
los seis (6) meses siguientes al 27 de diciembre de 2006, creará y pondrá en funcionamiento un Sistema de Información para las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado, mediante el cual se verifique, entre otros aspectos, el cumplimiento de las debidas protecciones a los trabajadores asociados en materia de Seguridad Social Integral, así como el seguimiento y control de que los asociados que se encuentren vinculados a los contratos que las Cooperativas y Precooperativas celebran con personas jurídicas o naturales, para el cumplimiento de su objeto, se encuentran debidamente amparados por el Sistema de Seguridad Social Integral, e identificados en su condición de trabajador asociado. En el mismo término, el Ministerio del Trabajo, deberá tomar las medidas necesarias para dar inicio a un plan de capacitación respecto del Sistema de Información y de verificación de los aspectos señalados en el presente capítulo. (Decreto 4588 de 2006, Art. 37)
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