Artículo 2.2.8.1.6: Condiciones para contratar con terceros. Las Cooperativas y
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si eres microempresario, contrata con cooperativas solo para que hagan un trabajo completo o una parte específica de tu producción, pero asegúrate de que el resultado final sea claro. En la práctica, esto evita que uses estas figuras para disfrazar empleados directos y así proteges los derechos laborales y la seguridad de los trabajadores.
⚖️ Texto Legal Oficial
Precooperativas de Trabajo Asociado podrán contratar con terceros la producción de bienes, la ejecución de obras y la prestación de servicios, siempre que respondan a la ejecución de un proceso total en favor de otras cooperativas o de terceros en general, cuyo propósito final sea un resultado específico. Los procesos también podrán contratarse en forma parcial o por subprocesos, correspondientes a las diferentes etapas de la cadena productiva, siempre atados al resultado final. (Decreto 4588 de 2006, Art. 6) Ver art. 63, Ley 1429 de 2010.
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