Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.1.1.18.4: DISPOSICIONES SOBRE COBERTURA FORESTAL
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.1.1.18.4. Disposiciones sobre Cobertura forestal. En terrenos baldíos adjudicados mayores de 50 hectáreas el propietario deberá mantener una proporción de 20% de la extensión del terreno en cobertura forestal. Para establecer el cumplimiento de esta obligación se tendrán en cuenta las mismas áreas previstas en el artículo anterior. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible podrá variar este porcentaje cuando lo considere conveniente. (Decreto 1449 de 1977, Art. 5)
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