Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.1.1.8.2: OTORGAMIENTO
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.1.1.8.2. Otorgamiento. Los permisos de estudio se otorgarán mediante providencia motivada, expedida por la Corporación, una vez se haya dado viabilidad técnica a la solicitud presentada por el interesado. (Decreto 1791 de 1996 Art.49).
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