Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.1.2.17.5: PLAN DE MANEJO ZOOSANITARIO

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.1.2.17.5. Plan de manejo zoosanitario. Todos los zoocriaderos con la especie Hélix aspersa en ciclo cerrado, abierto y mixto, deberán presentar ante el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA - el Plan de Manejo Sanitario a desarrollar, de conformidad con las directrices que para el efecto establezca dicha entidad. PARÁGRAFO . Los zoocriaderos que al 24 de octubre de 2008 estén en funcionamiento tendrán el término de doce (12) meses para presentar ante el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA - el plan de manejo sanitario respectivo. (Decreto 4064 de 2008, Art. 13). SECCIÓN 18 RECOLECCIÓN, CULTIVO, PROCESAMIENTO, TRANSPORTE, MOVILIZACIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y EXPORTACIÓN

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