Artículo 2.2.1.2.23.2: REQUISITOS
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.1.2.23.2. Requisitos. Quien pretenda importar o introducir al país individuos, especímenes o productos de la fauna silvestre de permitida importación o introducción, deberá presentar solicitud por escrito anexando los siguientes datos y documentos: 1. Nombre, identificación y domicilio. Si se trata de persona jurídica, prueba de su existencia y nombre, identificación y domicilio de su representante legal. 2. Objeto y justificación de la importación o introducción, sea esta última permanente o transitoria. 3. Especie o subespecie a que pertenecen los individuos, especímenes o productos. 4. Sexo, edad, número, talla y demás características que la entidad administradora considera necesario se deba especificar. 5. Lugar de procedencia de los individuos, especímenes o productos y lugar de origen. 6. Documentación expedida por las autoridades competentes del país en el cual hayan capturado y obtenido del medio natural los individuos, especímenes o productos, que acredite la legalidad de la obtención o captura; los documentos deberán estar debidamente autenticados por el funcionario consular colombiano o quien haga sus veces en dicho país. (Decreto 1608 de 1978 Art.203).
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