Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.1.2.6.8: SOLICITUD

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.1.2.6.8. Solicitud. Las personas que se dediquen tanto a la captura o recolección de individuos o productos de la fauna silvestre como a su transformación o a su comercialización, deberán incluir en la solicitud y en el plan de actividades los datos y documentos que se exigen para cada una de tales actividades, sin que sea necesario repetir los datos que sean comunes a todas ellas. (Decreto 1608 de 1978 Art.77).

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