Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.12.9.5: PARTICIPACIÓN DE LOS JÓVENES AFROCOLOMBIANOS EN LA GESTIÓN AMBIENTAL NACIONAL

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.12.9.5. Participación de los Jóvenes afrocolombianos en la gestión ambiental nacional. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible acompañará el nodo étnico del Programa Nacional Jóvenes de Ambiente, mediante la formulación de una estrategia nacional de participación diferenciada de los jóvenes de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras en la gestión ambiental de los, territorios colectivos adjudicados, en trámite u ocupados ancestralmente y/o tradicionalmente. Igualmente, el Programa Nacional de Jóvenes de Ambiente diseñará una estrategia de estímulos e incentivos para promover la participación de los jóvenes de los Consejos Comunitarios; en las actividades de formación, pasantías, becas, intercambios, primer empleo, servicio ambiental obligatorio, que viene impulsando este programa y la construcción e implementación de sus agendas ambientales, étnicas locales con el apoyo económico de la Subdirección de Participación y Educación Ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Decreto 1076 de 2015 - Artículo 2.2.12.9.5 | SSTOS