Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.2.8.6.2: CONTROL Y SEGUIMIENTO

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.2.8.6.2. Control y seguimiento. La autoridad ambiental que otorgó el Permiso de Recolección deberá verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el respectivo permiso. (Decreto 1376 de 2013, art. 24).

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