Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.1.1.7: DE LAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.1.1.7. De las instancias de participación. Son instancias de participación para la planificación, ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas y acuíferos: . Consejos de Cuenca: En las cuencas objeto de Plan de ordenación y manejo. - Mesas de Trabajo: En las micro cuencas o acuíferos sujetos de Plan de Manejo Ambiental. (Decreto 1640 de 2012, art. 7).

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