Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.3.2.20.6: FACULTAD DE LA AUTORIDAD AMBIENTAL FRENTE A VERTIMIENTO QUE INUTILIZA TRAMO O CUERPO DE AGUA
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.3.2.20.6. Facultad de la autoridad ambiental frente a vertimiento que inutiliza tramo o cuerpo de agua. Si a pesar de los tratamientos previstos o aplicados, el vertimiento ha de ocasionar contaminación en grado tal que inutilice el tramo o cuerpo de agua para los usos o destinación previstos por la Autoridad Ambiental competente, esta podrá denegar o declarar la caducidad de la concesión de aguas o del permiso de vertimiento. (Decreto 1541 de 1978, art. 212).
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