Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.2.3.1: CAUCE NATURAL

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.2.3.1. Cauce natural. Se entiende por cauce natural la faja de terreno que ocupan las aguas de una corriente al alcanzar sus niveles máximos por efecto de las crecientes ordinarias; y por lecho de los depósitos naturales de aguas, el suelo que ocupan hasta donde llegan los niveles ordinarios por efectos de lluvias o deshielo. (Decreto 1541 de 1978, art. 11).

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