Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.5.1.3.10: PROHIBICIÓN DE INCINERACIÓN DE LLANTAS, BATERÍAS Y OTROS ELEMENTOS QUE PRODUZCAN TÓXICOS AL AIRE

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.5.1.3.10. Prohibición de incineración de llantas, baterías y otros elementos que produzcan tóxicos al aire. Queda prohibida la quema abierta, o el uso como combustible en calderas u hornos en procesos industriales, de llantas, baterías, plásticos y otros elementos y desechos que emitan contaminantes tóxicos al aire. (Decreto 948 de 1995, art. 26)

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Decreto 1076 de 2015 - Artículo 2.2.5.1.3.10 | SSTOS