Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.5.1.5.19: RESTRICCIÓN DE TRÁFICO PESADO
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.5.1.5.19. Restricción de tráfico pesado. El tránsito de transporte pesado, por vehículos tales como camiones, volquetas o tractomulas, estará restringido en las vías públicas de los sectores A, conforme a las normas municipales o distritales que al efecto se expidan. (Decreto 948 de 1995, art. 60)
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