Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.8.5.1.8: FALTAS TEMPORALES
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.8.5.1.8. Faltas temporales. Constituyen faltas temporales de los representantes de las comunidades negras, las siguientes: a) Incapacidad física transitoria; b) Ausencia forzada e involuntaria; c) Decisión emanada de autoridad competente. (Decreto 1523 de 2003, art.8)
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