Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.8.7.2.7: ARTICULACIÓN CON EL SISTEMA NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.8.7.2.7. Articulación con el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología. Los Institutos se vincularán al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible desempeñará la Secretaría Técnica y Administrativa del Consejo del Programa Nacional de Ciencias del Medio Ambiente y el Hábitat; colaborarán en la evaluación, seguimiento y control de aquellas investigaciones que el Consejo estime pertinente. (Decreto 1603 de 1994, art. 7)
¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?
Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.