Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.9.10.2.6: GRUPO TRÓFICO

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.9.10.2.6. Grupo trófico. Esta variable hace referencia a la posición que un organismo de una especie ocupa en la red alimenticia, la cual está relacionada con la dieta o tipo de alimento que consume, y considera si este es invertebrado o vertebrado. El valor del Grupo trófico (Gt) se determina a partir de las categorías establecidas en el numeral 3 del anexo del presente capítulo. PARÁGRAFO . Para el caso de los permisos de recolección con fines de investigación científica no comercial y los permisos de estudio con fines de elaboración de estudios ambientales, se utilizará para el Grupo trófico (Gt) un valor de 0,15 para los invertebrados y 0,8 para los vertebrados.

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