Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.9.13.2.7: MECANISMOS DE EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONDO PARA LA VIDA Y LA BIODIVERSIDAD

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.9.13.2.7. Mecanismos de ejecución de los recursos del Fondo para la Vida y la Biodiversidad. Para cumplir con su objeto, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.9.13.2.3. del presente decreto, el Fondo para la Vida y la Biodiversidad dispondrá de los siguientes mecanismos de ejecución de los recursos de las distintas cuentas y subcuentas que lo conformen: 1. Celebración de convenios o contratos para articular, focalizar y financiar ejecución de planes, programas y proyectos que desarrollen el objeto del Fondo para la Vida y la Biodiversidad. 1. Celebración de convenios de cofinanciación o financiación de planes, programas y proyectos con personas jurídicas públicas, privadas o mixtas que se enmarquen en el objeto del Fondo para la Vida y la Biodiversidad. PARÁGRAFO 2. Los contratos y convenios derivados· se celebrarán por parte de la sociedad fiduciaria vocera del patrimonio autónomo, con cargo a los compromisos presupuestales del fideicomitente o de los demás aportantes, sin exceder el monto de estos.

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    Decreto 1076 de 2015 - Artículo 2.2.9.13.2.7 | SSTOS