Ley 1333 de 2009

Artículo 24: FORMULACIÓN DE CARGOS

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** Si la autoridad ambiental encuentra que has hecho algo mal, te enviará un documento donde te explican qué hiciste y qué normas violaste. Debes leerlo bien y, si es necesario, preparar una respuesta o defensa. **¿Por qué es clave?** Cumplir con estas normas te ayuda a evitar multas y sanciones, además de proteger el medio ambiente. Al actuar correctamente, contribuyes a un entorno más sano para todos.

⚖️ Texto Legal Oficial


<Artículo modificado por el artículo 16 de la Ley 2387 de 2024. El nuevo texto es el siguiente:> Cuando exista mérito para continuar con le <sic> investigación, la autoridad ambiental competente, mediante acto administrativo debidamente motivado, procederá a formular cargos contra el presunto infractor de la normatividad ambiental o causante del daño ambiental. En el pliego de cargos deben estar expresamente consagradas las acciones u omisiones que constituyen la infracción e individualizadas las normas ambientales que se estiman violadas o el daño causado. El acto administrativo que contenga el pliego de cargos deberá ser notificado al presunto infractor y en caso de que haya riesgo o afectación ambiental, estas circunstancias se deberán indicar en la motivación del pliego de cargos, así como indicar y explicar los tipos de agravantes. Contra el acto administrativo que formula cargos no procede recurso alguno. Notas de Vigencia - Artículo modificado por el artículo 16 de la Ley 2387 de 25 de julio de 2024, 'por medio delcual se modifica el Procedimiento Sancionatorio Ambiental, Ley 1333 de 2009, con el propósito de otorgar herramientas efectivas para prevenir y sancionar a los Infractores y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 52.828 de 25 de julio de 2024. Rige a partir de su promulgación. Jurisprudencia Vigencia Corte Constitucional - Apartes subrayados 'presunto infractor' del texto original declarados EXEQUIBLES, por los cargos analizados, por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-742-10 de 15 de septiembre de 2010, Magistrado Ponente Dr. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub. Jurisprudencia Concordante - Consejo de Estado, Sección Primera, Expediente No. 47001-23-33-000-2018-00282-01 de 25 de septiembre de 2025, C.P. Dr. Germán Eduardo Osorio Cifuentes. - Consejo de Estado, Sección Primera, Expediente No. 19001-23-33-003-2015-00138-01 de 12 de septiembre de 2024, C.P. Dr. Oswaldo Giraldo López. Legislación Anterior Texto original de la Ley 1333 de 2009:

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Ley 1333 de 2009 - Artículo 24 | SSTOS