Ley 1333 de 2009

Artículo 35: LEVANTAMIENTO DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**¿Qué debes hacer?** Si tienes medidas preventivas en tu empresa, debes revisar si las razones que las causaron ya no existen. Si es así, puedes pedir que se levanten esas medidas o esperar a que la autoridad lo haga automáticamente. **¿Por qué es clave?** Cumplir con esto te ayuda a evitar sanciones y multas, y te permite operar con normalidad. Además, contribuyes a un mejor cuidado del medio ambiente al asegurarte de que solo se mantengan las medidas necesarias.

⚖️ Texto Legal Oficial


Las medidas preventivas se levantarán de oficio o a petición de parte, cuando se compruebe que han desaparecido las causas que las originaron.

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Ley 1333 de 2009 - Artículo 35 | SSTOS